El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el compendio de normas que rigen sobre los edificios en materia de seguridad y habitabilidad. Por tanto, también incluye las reglas que deben cumplir sobre seguridad contra incendios.

Respecto a esta cuestión, el Ministerio de Fomento ha incluido en aquel el Documento Básico SI (Seguridad en Incendios). Este concreta las prescripciones que deben aplicarse como medidas ante incendios en edificios. En cualquier caso, vamos a ver lo que dice el Código Técnico de Edificación al respecto.

Seguridad en incendios: ¿Son obligatorios los sistemas de protección?

Los sistemas de protección contra incendios son obligatorios en todos los edificios. Concretamente, el CTE señala que todos ellos deben contar con equipos de protección tales como extintores portátiles, hidrantes exteriores, instalaciones automáticas de extinción, bocas de incendio equipadas o ascensores de emergencia.

Además, tanto el diseño, realización y puesta en marcha como el mantenimiento de todas estas instalaciones y equipos deben cumplir con lo expresado en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. Este indica que todos estos equipos tienen que ser instalados por profesionales debidamente autorizados (artículo 10). Asimismo, las comunidades de vecinos están obligadas a llevar un libro registro en el que aparezcan los datos de aquellos.

El único elemento que no está sometido a esta norma es el extintor portátil. Todos los demás extintores de la comunidad de vecinos y los restantes instrumentos de protección contra incendios deben ser colocados por profesionales.

Señalización de los medios de protección conta incendios

Para luchar contra incendios en edificios es tan importante contar con herramientas como poder localizarlas fácilmente. En estos casos, la rapidez puede evitar una catástrofe. Por eso, el citado Documento Básico SI también expone cómo debe ser la señalización de estos instrumentos.

Dice que tanto los extintores, bocas de incendio e hidrantes exteriores como los pulsadores manuales de alarma y los dispositivos que disparan los sistemas de extinción deben estar señalizados con carteles. Pero estos tienen que poseer un tamaño mínimo en función de la distancia a la que tengan que verse:

  • Señales de 210 x 210 milímetros cuando la distancia a la que deban verse sea igual o inferior a 10 metros.
  • Carteles de 420 x 420 milímetros cuando esa distancia se halle entre los 10 y los 20 metros.
  • De 594 x 594 milímetros cuando la distancia esté entre los 20 y los 30 metros.

Asimismo, todas estas señalizaciones deben ser fotoluminiscentes para que puedan verse incluso cuando no hay luz, algo frecuente en incendios.

En conclusión, el Código Técnico de la Edificación, a través del citado Documento Básico SI, marca la seguridad contra incendios que deben tener los edificios. Es la forma de evitar catástrofes ocasionadas por el fuego.

En Sinelec Fire Protection, somo especialistas en diseñar sistemas de protección contra incendios que realmente protejan las instalaciones pertinentes y se adecuen a lo marcado en el Código Técnico de la Edificación. Por ello, para cualquier sistema de protección como hidrantes, rociadores, sistemas de detección o extintores en Córdoba, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo.